Las
trampas de las compañías de seguros
Se
habla mucho de las estafas de clientes que "fabrican"
siniestros para cobrar las pólizas, pero no de las artimañas
que utilizan los aseguradores. ¿Y la SVS?
Alvaro
Pérez Castro
www.itn.cl/unaco.chile
De acuerdo
a la legislación chilena, cada vez que una compañía
aseguradora es notificada de un siniestro, esta debe efectuar
una "provisión de siniestro", que es simplemente el
acto de apartar del total de sus activos disponibles, el monto
en dinero, que significará el pago del siniestro reportado.
Esta regla es válida para todo tipo de siniestros, desde el más
simple y económico, hasta el más complejo y multimillonario.
Así se garantiza a los asegurados que el dinero que le será
indemnizado queda a su disposición en forma inmediata, a la
espera únicamente de la llegada del Informe de Liquidación
correspondiente.
Obviamente,
la provisión de los siniestros acumulados en un trimestre
genera serios cambios en los estados financieros de cualquier
Compañía Aseguradora. Mientras más "Provisiones de
Siniestros", mayor la merma de las utilidades técnicas en
el Balance que trimestralmente deben entregar las Compañías
Aseguradoras a la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile
(SVS), para que esta elabore las estadísticas llamadas Fichas
Estadísticas Codificadas y Uniformes (FECU).
Estas
fichas, además de estar a disposición del público, sirven
para evaluar la solidez de las diferentes aseguradoras
nacionales. Se busca así garantizar al consumidor final que jamás
volverá a repetirse el Chile la quiebra masiva de Compañías
Aseguradoras que ocurrió a principios de 1980.¿Quién ha
podido olvidar el llamado desastre del BHC en la década de los
ochenta? En resumen, si una Compañía Aseguradora no dispone de
fondos para pagar sus compromisos, la FECU acusa esta situación
y la SVS de Chile deberá intervenirla por insolvente.
¿Dónde
está el problema?
El problema nace por la inexplicable falta de supervisión y
control por parte de la Superintendencia de Valores y Seguros de
Chile sobre las distintas compañías aseguradoras chilenas.
En épocas
de crisis, como la actual, la falta de circulante genera en los
Estados Financieros y los Balances de las Compañías
Aseguradoras un impacto dramático. El deterioro de los Estados
Financieros ha obligado a las Compañías Aseguradoras
nacionales a esmerar sus esfuerzos en la cosmética financiera,
de modo que sus Balances Trimestrales se vean lo más sólidos
posible para enfrentar su informe que genera los resultados de
la FECU.
Es al
momento de pagar un siniestro cuando se hacen patentes los
efectos de tales manejos cosméticos. A la hora de indemnizar,
la Compañía Aseguradora sencillamente carece de los fondos. En
palabras simples, en las arcas de las Compañías Aseguradoras
no está la totalidad del dinero requerido para el cumplimiento
de las responsabilidades adquiridas para con los Asegurados, que
después de haber sufrido un siniestro esperan que su Compañía
Aseguradora les restituya al menos la pérdida económica de que
han sido objeto, ya que han pagado oportunamente sus pólizas.
Por esta razón, se ha notado en los últimos años, un fuerte
incremento en los rechazos injustificados de siniestros por
parte de las Compañías Aseguradoras Chilenas. Si la Compañía
Aseguradora rechaza el siniestro, teóricamente ni siquiera debe
mantener la "Provisión de Siniestro" vigente en sus
Estados Financieros.
De acuerdo
a lo que establece la Ley, sólo al momento de enfrentar un
"Juicio Arbitral" la Compañía Aseguradora debería
volver a activar la "Provisión de Siniestro" por el
monto TOTAL DE LA DEMANDA, cuestión que obviamente tampoco
cumple ninguna Compañía Aseguradora Chilena. La "Provisión
de Siniestros" de los llamados SINIESTROS CONTROVERTIDOS
(que es como la reglamentación vigente denomina a un Siniestro
que esta en etapa judicial para su cobro), reflejada en la FECU
es insignificante para la realidad nacional actual.
Resulta
incomprensible que el estamento regulador denominado
Superintendencia de Valores y Seguros de Chile no se haya
percatado de esta manipulación de informes estadísticos de que
está siendo víctima desde hace varios años. Manipulación
estadística que afecta directamente la transparencia del
sistema asegurador nacional y la fe pública en las
organizaciones gubernamentales creadas precisamente para velar
por ella.
Suena dramático,
pero la realidad es que después de tantos años en que se ha
burlado impunemente el sistema estadístico FECU diseñado por
la SVS para la protección del consumidor de seguros a nivel
nacional, el Mercado Asegurador no disponga de los fondos para
cancelar la totalidad de los siniestros pendientes.
Así es
que la Compañía Aseguradora sencillamente dilata el pago de la
indemnización que legítimamente le corresponde al Asegurado.
Asegurado que por lo demás oportunamente pagó sus cuotas de la
Póliza y que, ocurrido el Siniestro, pretende cobrar; peor aún,
muchas veces depende de la mal llevada transparencia del Sistema
Asegurador Chileno para reconstruir parte importante de su
patrimonio perdido.
La Ley (DL
3.538) faculta y obliga a la Superintendencia de Valores y
Seguros de Chile a velar por que esto no ocurra. Los Asegurados
afectados con esta situación conforme lo establece la
reglamentación vigente, pueden solicitar la intervención de la
autoridad competente.
UNACO-Chile
dedica sus esfuerzos profesionales a velar por que el Asegurado
víctima de un siniestro reciba el máximo de atención como
afectado y, sobre todo, el mayor retorno económico posible, con
cargo a su Póliza de Seguros, porque conforme a lo establecido
por la Reglamentación Vigente, los Asegurados afectados con
esta situación pueden solicitar la intervención de la
autoridad competente. (07/05/01)
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Embajada
yanqui se ensaña con chilena
Santiago
de Chile, 30 de Mayo de 2.002. En relación a las distintas
versiones de Prensa, Radio y Televisión, que el caso de la Sra.
Alejandra Cifuentes Matus, la chilena cobardemente atropellada
por la espalda y en la acera, por la Embajada de los EE.UU. en
Chile, en octubre de 1.999.- ha tenido en los últimos días, en
Chile y en el extranjero:
La Sra.
Alejandra Cifuentes Matus, y su representante legal, el Sr.
Alvaro Pérez Castro, Gerente General de UNACO Chile, (www.unacochile.cl)
desean aclarar a la Prensa, Radio, TV., y opinión pública lo
siguiente:
PRIMERO:
Resulta evidente, a la luz de las distintas publicaciones, que
al respecto del acuerdo extrajudicial entre las partes, existe
una discrepancia sorprendente. Aparentemente, el Gobierno de los
Estados Unidos de Norteamérica, a través de su Embajada en
Chile, pretende una vez más, y luego de dos años y medio de
dilaciones, desconocer los acuerdos extrajudiciales logrados
entre las partes. Incumpliendo el pago de la indemnización a la
Sra. Alejandra Cifuentes Matus por US$ 1.085.768.- esgrimiendo
para ello, ante la prensa, radio y televisión, algunos
argumentos bastante “curiosos e inusuales”.
Los
Comunicados de Prensa emitidos por el Gobierno de los EE.UU., en
Chile se encuentran disponibles en el sito WEB:
www.embajadaeeuu.cl/pa/presrel/2002/campcifuentes.htm
Por otra
parte:
El detalle
completo del caso, según los antecedentes aportados por la víctima
de las Lesiones, Daños y Perjuicios, causados por el Gobierno
de los EE.UU. en el accidente, con sus respectivas
acreditaciones, y además, todo tipo de Comunicados de Prensa,
se encuentran disponibles en el sito WEB:
http://homepage.mac.com/alejandra_cifuentes
La opinión
pública podrá así, libre y espontáneamente, acceder a la
información que al respecto existe y, sacar sus propias
conclusiones respecto de las versiones entregadas por las
partes.
SEGUNDO:
A juzgar por algunas publicaciones, radioemisiones y
teletransmisiones aparecidas en diversos países del mundo, el
Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, pretendería
influir en la opinión pública mundial, para evitarse una vez
mas, el cumplimiento de los acuerdos pactados, en la transacción
extrajudicial por US$ 1.085.768.-
Es
importante el recordar que el accidente ocurrió en octubre de
1.999, es decir hace más de 2 años y medio. Tiempo en que la víctima
ha sido abandonada a su suerte, por el Gobierno de los Estados
Unidos de Norteamérica.
TERCERO:
Resulta evidente que el interés del Gobierno de los Estados
Unidos de Norteamérica, es mantener el acuerdo extrajudicial
logrado, bajo estricta reserva y confidencialidad.
Pero también
resulta obvio que mientras el caso se mantenga en la
confidencialidad, o bien, sea manipulado por las agencias de
propaganda especializadas del Gobierno de los Estados Unidos de
Norteamérica, las probabilidades de que la víctima de los daños
y perjuicios, Sra. Alejandra Cifuentes Matus, sea indemnizada,
disminuyen dramáticamente.
De hecho
lleva mas de 2 años y medio esperando ser compensada.
Así
entonces, es absolutamente falsa la declaración de prensa
emitida por el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica,
en el sentido de que la víctima de los daños y perjuicios,
Sra. Alejandra Cifuentes Matus y sus representantes legales
UNACO-Chile, (Sr. Alvaro Pérez), han solicitado expresamente la
confidencialidad en los acuerdos logrados.
De hecho,
ha sido precisamente la afectada, sólo la afectada y nadie mas
que la afectada, la que ha cooperado siempre con los medios de
prensa, desde hace mas de dos años y medio, en la difusión de
todos los pormenores del caso. Y seguirá siendo así, por todo
el tiempo que sea necesario y por los medios que estén a su
alcance. Puesto que parece ser la única herramienta para lograr
que el Gobierno de la única súper potencia mundial, el país más
poderoso del mundo, los Estados Unidos de Norteamérica, se
responsabilice de sus actos, daños, perjuicios, y de
cumplimiento a sus compromisos, con la víctima inocente de las
lesiones, daños y perjuicios, causados en el accidente de
octubre de 1.999.-
CUARTO:
A la fecha de hoy, jueves 30 de Mayo de 2.002., a mas de dos años
y medio de ocurrido el accidente, la víctima de las lesiones,
daños y perjuicios, Sra. Alejandra Cifuentes Matus, no ha
recibido ni un solo centavo, ni tampoco ningún tipo de ayuda,
asistencia y/o soporte por parte del victimario, el Gobierno de
los Estados Unidos de Norteamérica.
En
consecuencia:
La
afectada, Sra. Alejandra Cifuentes Matus, espera que las
distintas versiones entregadas por los medios de prensa, en el
sentido de que el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica,
pretende, una vez mas, incumplir con sus acuerdos
extrajudiciales no sean efectivas.
La Sra.
Alejandra Cifuentes Matus, víctima inocente del Gobierno de los
Estados Unidos de Norteamérica, espera poder retirar dentro del
transcurso de la semana el pago indemnizatorio prometido y
acordado por US$ 1.085.768.-
Para velar
por que el acuerdo se cumpla, en los términos prometidos y
acordados, el Honorable Senador de la República de Chile,
miembro de la Comisión de Asuntos Internacionales, el Sr.
Nelson Avila, ha designado una comisión investigadora especial,
que se encuentra trabajando en el caso.
La Sra.
Alejandra Cifuentes Matus y el Senador de la República, Sr.
Nelson Avila, invitarán a todos los medios de difusión, en su
momento, a retirar el documento por US$ 1.085.768.- prometido y
acordado, cuando este le sea entregado por el Gobierno de los
Estados Unidos de Norteamérica a la afectada.
Alvaro
Perez Castro, Gerente General UNACO Chile.
www.unacochile.cl
Embajada
yanqui usa a El Mercurio para desinformar sobre caso de chilena
atropellada por marine
Caso
único, hasta ahora, en la historia diplomático-judicial
chilena
Alvaro
Perez Castro, www.itn.cl/unaco.chile*
Tobalaba 381. Providencia. Santiago.
Chile.
Santiago de Chile, sábado 20 de Abril de 2002. - Alejandra
Cifuentes Matus, la chilena que fue atropellada en octubre de
1999 por un Marine de la Embajada de los Estados Unidos en Chile
fue sorprendida hoy por la mañana, por una publicación
inadecuada, publicada hoy por el diario "El Mercurio"
en su página C-17, titulada "Tribunal niega detención de
"Marine".
La
publicación se enmarca en una campaña de "desinformación"
emprendida en nuestro país por el Gobierno de los Estados
Unidos de Norteamérica, referente a la Responsabilidad Civil y
Criminal, que le asiste a la delegación diplomática, en los daños
y perjuicios causados a la ciudadana chilena con motivo del
atropello de que fuera víctima hace mas de dos años y medio.
El pasado
miércoles 17 de abril, la Misión Diplomática de EE.UU. en
Chile emitió por primera vez en más de dos años un comunicado
de Prensa al respecto, presionada por la intervención del
Senador Nelson Avila en el caso.
Cabe recordar que el caso de la Sra. Alejandra Cifuentes está
en la retina de la opinión pública chilena desde noviembre de
2000, cuando distintos medios de prensa denunciaron por primera
vez el total abandono y la situación crítica en que se
encontraba la chilena arrollada por un Marine de la Embajada de
EE.UU en Chile.
Desde ese
entonces la Prensa, Radio y Televisión Chilena, ha reporteado
periódicamente el estado del caso, sin lograr de la Misión
Diplomática, una respuesta ante su Responsabilidad Civil sobre
los daños y perjuicios causados a la Sra. Cifuentes.
La víctima
de estos abusos, Sra. Alejandra Cifuentes Matus, desea aclarar a
la opinión pública lo siguiente.
Aún cuando en estos 2 años y medio el Gobierno de los Estados
Unidos de Norteamérica no ha escatimado recursos económicos y
esfuerzos para desviar la atención pública respecto de esta
situación, con el evidente objetivo de desvirtuar la
legitimidad de la denuncia y minimizar la gravedad de los
hechos, lo cierto es que
a) el
accidente se produjo el 11 de octubre de 1999: la víctima fue
atropellada por la espalda y sobre la acera mientras ella
caminaba tranquilamente por la vereda norte, en dirección
oriente, frente a la Clínica Santa María, en Santiago de
Chile.
b) la
velocidad del vehículo de la embajada de EE.UU. fue suficiente
para impulsar a la víctima a más de tres metros de distancia
del punto de impacto, aterrizando ésta en un kiosko de flores
que había en el lugar. Por lo tanto, no resulta sustentable la
versión de la Embajada que indica que el móvil circulaba
"a baja velocidad".
c) el
Marine Jesse Camp, y los demás Marines que iban en el vehículo
agresor abandonaron a su víctima en la vía pública, negándole
todo tipo de asistencia Médica. Es absolutamente falso, en
consecuencia, que el conductor del vehículo culpable haya
permanecido en el lugar del accidente junto a la víctima, como
también es absolutamente falso que en el lugar se encontrava un
Oficial de Carabineros que habría iniciado el procedimiento de
rigor.
d) la víctima,
Sra. Alejandra Cifuentes, como pudo, dentro de su estado de
inconciencia, llamó al número de urgencias de Carabineros de
Chile, 133, desde su propio teléfono celular, y logró que la
institución policial remitiera una patrulla al lugar del
accidente.
e)
Carabineros de Chile, representados por el Sargento Sr. Mario
Jorquera y el Cabo 2º Sr. Juan Barriga, llegaron al lugar, unos
30 minutos después del accidente y pudieron constatar que la
afectada aún estaba en estado de semi-inconciencia y abandonada
en la vía publica por sus agresores.
f)
Carabineros de Chile tuvo que hacer una redada en el interior de
la Clínica Santa María, para ubicar a los culpables del
accidente, a los cuales, una vez identificados, procedió a
llevar ante la presencia de la víctima, quien se encontraba aún
tendida en la vereda.
g) en ese
momento, el Marine Jesse Camp reconoció sus responsabilidad en
los hechos ante Carabineros de Chile y se escudó en su calidad
de funcionario diplomático para evadir la acción de la
justicia chilena. El grupo de Marines llamó por teléfono a su
superior en la delegación diplomática, quien envió
inmediatamente una unidad militar a rescatar al Sargento Jesse
Camp del lugar, a quien subieron en un vehículo oficial de la
Embajada de los EE.UU. en Chile, partiendo con rumbo
desconocido.
H) En el
sitio del suceso quedaron impávidos los dos Carabineros que
asistieron al procedimiento, solos con la víctima, que
continuaba con las secuelas de su TEC CERRADO, desvanecida y con
vómitos en la vereda, frente al Kiosco, donde había aterrizado
luego del atropello.
i) Así
entonces, y no como lo insinúa la Embajada de EE.UU. en su
comunicado de prensa, es que Carabineros de Chile, cumpliendo
con su obligación, debió asistir a la víctima que había sido
abandonada en la vía pública, llevándola a un centro
asistencial de orden público.
No resulta creíble la versión de la misión diplomática, si
se tiene en consideración que el atropello ocurre precisamente
en las afueras del acceso principal de la Clínica Santa María,
un centro de atención médico de primera línea en Santiago de
Chile.
La razón por la cual la Sra. Alejandra Cifuentes Matus fue
llevada por Carabineros de Chile a la Posta del Hospital El
Salvador, ubicada a 4 Klms. del lugar del accidente, fue que la
patrulla que concurrió al lugar no tenía las atribuciones para
internar a la Sra. Cifuentes en la misma Clínica Santa María,
donde había ocurrido el accidente, y que el culpable de los
hechos había sido rescatado del lugar del accidente por
personal de la misión diplomática; en consecuencia, había que
actuar rápido en virtud de las lesiones y el estado crítico de
la víctima.
Parece un
absurdo el pensar que la víctima no haya sido atendida en forma
inmediata en la misma Clínica Santa María. La explicación de
este hecho radica en que fue el mismo Marine Sargento Jesse Camp
quien, además de abandonar a su víctima en la vía pública,
se negó rotundamente a aceptar que la víctima fuera asistida
en la Clínica Santa Maria y a costo de la Embajada. Así
entonces a Carabineros de Chile no le quedó otra alternativa
que trasladar a la víctima a un centro hospitalario de orden público.
En su
comunicado de prensa la Embajada de EE.UU pretende confundir a
la opinión pública con un formalismo, al indicar que el parte
policial certifica que las lesiones producto del accidente
fueron clasificadas de "LEVES", debido a que el
procedimiento de rigor clasifica así las lesiones cuando no
existe derramamiento de sangre. En el caso de la Sra. Cifuentes,
el golpe en la cabeza, no le causó sangramiento visible. Esta
es la razón de por que fue clasificado inicialmente de
"LEVE".
No resulta
creíble la versión de la Embajada de EE.UU. en Chile, sobre la
base de que cualquier persona con un mínimo de educación sabe
que un fuerte golpe en la cabeza no necesariamente genera
sangramiento externo y visible, pese a lo cual las consecuencias
de este tipo de golpes pueden ser incluso fatales.
Resulta
sorprendente que la Misión Diplomática le reste importancia al
hecho que el Marine, Sargento Jesse Camp, conducía el vehículo
en una emergencia médica, transportando a un miembro de la misión
diplomática precisamente a la Clínica Santa María donde seria
asistido. Lo anterior solo reafirma los hechos denunciados por
la Sra. Cifuentes, en el sentido que ésta podría haber sido la
causal por la que el Marine, Sargento Jesse Camp conducía en
ese momento a exceso de velocidad y desatento a las condiciones
del tránsito. También podría ser la razón por la cual este
conductor decide conducir por la acera, justo al momento en que
por ella caminaba la afectada.
Evidentemente,
atropellar a un peatón, por la espalda y en la acera no es un
hecho que no tenga importancia.
g) Resulta
sorprendente la interpretación que la Embajada de EE.UU. hace
de la respuesta del 2º Juzgado de Policía Local de
Providencia, que se limitó a multar al Marine Sargento Jesse
Camp por conducir con licencia no válida, en circunstancias de
que el evento de fondo lo constituyen los daños y perjuicios
que el Marine causó a la ciudadana chilena a quien atropelló.
Curiosamente,
y en forma muy conveniente para sus intereses, la Embajada de
EE.UU. deslinda la interpretación de los hechos en sus
"Abogados" a quienes no identifica, y que
evidentemente han dado una interpretación jurídica antojadiza
a los hechos. Interpretación acomodada a los intereses del
Gobierno de los EE.UU. en Chile.
Resulta
sorprendente visualizar que se pretende confundir a la opinión
pública, al indicar que el Marine Sargento Jesse Camp, fue
redestinado fuera de las fronteras de Chile, en noviembre de
1999, saliendo este del país, dejando tras él la
Responsabilidad Civil del accidente donde fue victimario. Esta
versión atenta contra el sentido común y la inteligencia de
los medios de prensa nacionales y extranjeros, debido a que
resulta obvio que:
Ocurrido
el accidente, el Marine Sargento Jesse Camp, quedaba
irremediablemente supeditado a la causa judicial en su contra en
Chile y, en consecuencia no debería haber abandonado el país,
hasta aclarar su participación en los hechos y compensar
adecuadamente a la víctima por los daños y perjuicios
causados.
Esta
sencilla cuestión de sentido común está expresamente
reglamentada en el "Código Uniforme de Justicia Militar
Norteamericano" y refrendada en el "Manual del Asesor
Jurídico Principal" (JAG) de la Marina de los Estados
Unidos de Norteamérica, capitulo 8, Foreign Claims Act. Así
entonces esta afirmación, del comunicado de prensa de la
Embajada de los EE.UU. resulta insustentable.
Otra
circunstancia importante de destacar es precisamente la mención
que el comunicado de prensa hace respecto de que la Sra.
Cifuentes no habría llegado a ningún acuerdo con su Compañía
Aseguradora, Royal& Sun Alliance Chile. En efecto, Respecto
a la Responsabilidad Civil Solidaria de la Embajada de EEUU en
Chile como propietaria del vehículo que causó las lesiones a
la Sra. Cifuentes, esta fue derivada a la Compañía Aseguradora
La República (Royal & Sun alliance Seguros Chile S.A.). La
Compañía Royal & Sun alliance Seguros Chile S.A., rechazó
de plano el siniestro de Responsabilidad Civil, sobre la base de
que la Embajada de EEUU en Chile estaba exenta de
Responsabilidad Civil Solidaria, considerando la Convención de
Viena, que establece la Inmunidad Diplomática. De esta manera,
la Compañía Aseguradora Royal & Sun alliance Seguros Chile
S.A., ante la posibilidad de negar el siniestro, amparados en el
hecho de Inmunidad Diplomática, que según lo establece la
Convención de Viena, aún cuando se hayan determinado las
Responsabilidades Civiles de los causantes de las lesiones a una
ciudadana Chilena, los responsables no podrían ser ejecutados
por las leyes chilenas, la Aseguradora, prefirió negarse al
pago de indemnización alguna. Ni siquiera procesó la denuncia
de siniestro, aun cuando enfrentaba la ira no solo de su propio
cliente, la Embajada de EEUU en Chile, sino que también la
impotencia de Montealto Corredor de Seguros, y la sorpresa e
indignación de la afectada.
En
consecuencia, sin existir el riesgo de una sentencia
ejecutoriada en contra de la Embajada de EEUU en Chile, su
propia Compañía Aseguradora se negó a dar cobertura al
siniestro de Responsabilidad Civil de Vehículo Motorizados,
deslindando su responsabilidad en contra de su propio cliente,
nada menos que la misión diplomática acreditada en Chile del
gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica.
También resulta interesante el visualizar cómo la Embajada de
EE.UU. en Chile pretende confundir a la opinión publica,
indicando que producto de que no hubo acuerdo con su Compañía
Aseguradora Royal & Sun Alliance, la afectada presentó un
reclamo ante el Foreign Claims Comisión, en mayo del año 2001.
(Recordemos que a esta fecha, ya había transcurrido mas de un año
y medio, de tramitaciones infructuosas, patrocinadas por el
Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica).
No es efectivo que la presentación al Foreign Claims Comisión,
haya sido hecha en mayo del 2001. Dicha presentación, tiene el
timbre de recepción de la Embajada de los Estados Unidos en
Chile fechado el 24 de Abril del 2001. Sin embargo, el Foreign
Claims Comisión, no recibió jamás de manos de la Embajada de
EE.UU. en Chile dicha presentación. El Sr, Richard Morgan,
Primer Secretario de la Embajada en Chile, extravió
inexplicablemente la carpeta completa, por más de 5 meses.
El Foreign
Claims Comisión y el JAG, recibieron de manos del representante
legal de la Sra. Cifuentes, en Washington D.C. , en el mismo
Pentágono, con fecha 01 de Septiembre de 2.001, una nueva copia
de la presentación original fechada Abril 24 del 2.001.-, que
retuvo y luego extravió inexplicablemente la Embajada de EE.UU.
en Chile.
l) J.A.G.
formalizó con fecha 9 de abril. una oferta indemnizatoria. Sin
embargo, según el Senador Nelson Avila, en Conferencia de
Prensa del pasado sábado 13 de abril, ésta representa
"una oferta miserable, que denota la extorsión y el abuso
que el Gobierno de Norteamérica pretende imponer a la víctima
inocente de los hechos, sin siquiera pretender el castigo de los
culpables de tan deleznables actos criminales".
Ha de saber la opinión pública que los daños ocasionados a la
Sra. Cifuentes, con motivo del impacto que ella recibió en la
cabeza en el accidente, son del tipo NEUROLÓGICO y PSIQUIATRICO.
Por ende, la afectaran de por vida. De hecho, los gastos médicos,
hospitalarios y farmacológicos acumulados a la fecha suman mas
del triple de la suma ofrecida por el J.A.G.. Por ende, dicha
oferta, resulta una oferta poco conciliadora. Más bien hostil.
En
consecuencia, resulta evidente que todas las acciones relatadas,
y en especial los puntos del comunicado de prensa evacuado el
pasado 17 de Abril del 2.002. por la Embajada de EE.UU. en
Chile:
(http://www.embajadaeeuu.cl/pa/presrel/2002/bolCampCifu041702.htm),
se enmarcan en las acciones que ya llevan dos años y medio,
para dilatar, agotar, distraer y evadir la acción de la
Justicia Chilena y la Justicia internacional. Como así también
distraer a la opinión publica en la discusión de aspectos
irrelevantes del proceso.
Lo
objetivo en el caso es: que la Sra. Alejandra Cifuentes Matus,
ha sido victima inocente del país mas respetado y poderoso del
mundo. Lo objetivo es además; que la victima inocente lleva
cargando absolutamente sola su dolencia y no ha sido asistida,
ni apoyada en sus daños y perjuicios, y mas bien ha sido
abandonada a su suerte por el país mas respetado y poderoso del
mundo. Estados Unidos de Norteamérica.
El
Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, a través de su
Embajada en Chile, no sólo es parte del proceso, sino que ha
participado activamente en todas las gestiones tendientes a
evadir la acción de la Justicia e ignorar a la afectada, a la
espera de que esta agote sus recursos o fallezca, de tal manera
de no reconocer jamás su real responsabilidad en los hechos.
Es
evidente que el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica,
ha invertido en la elusión de su Responsabilidad Civil en estos
hechos, cuantiosos recursos económicos, técnicos y humanos.
Tal parece
que el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, la única
Super-Potencia mundial, utiliza los medios a su disposición en
contra de la Sra. Alejandra Cifuentes Matus, y prefiere gastar
millones de dólares en evadir su Responsabilidad Civil, en vez
de compensar a una victima inocente del accidente sufrido hace
ya 2 años y medio.
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